Qué requisitos debe cumplir la carne para entrar en China

Fuente: Clarin

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicó en el Boletín Oficial una resolución en la que establece las condiciones sanitarias y de trazabilidad que deben cumplir los establecimientos agropecuarios y el ganado vacuno en pie, cuya carne se exporte a China.

En rigor, se trata de una normativa que lo que hace es definir puntualmente cuáles son las condiciones que exige el Gobierno chino para permitir el ingreso de carne argentina y que forman parte de los protocolos sanitarios firmados por ambos países.

Cumplir estas condiciones es obligatorio para acceder a la certificación sanitaria expedida por el Senasa, de acuerdo a las exigencias chinas.

Procedencia

En primer término, el Senasa define que “los animales que se destinen a faena para exportación de carne a China, deben provenir de establecimientos en los que no se haya registrado alguno de los siguientes eventos”:

– Ingreso de animales biungulados desde otras zonas o países fuera de las zonas libres de Fiebre Aftosa de Argentina, durante al menos 12 meses previos a la remisión de bovinos con destino a faena.

– Casos de Lengua Azul, Enfermedad de Aujeszky, Tuberculosis, Paratuberculosis, Rabia, Carbunco Bacteridiano o Brucelosis (Brucella abortus), durante los 12 meses previos a la remisión de bovinos con destino a faena.

– Implementación de una zona de restricción o de vigilancia a causa de enfermedades de notificación obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y con las normas de China y Argentina sobre sanidad animal, durante los seis meses previos a la remisión de los bovinos con destino a faena.

Sanidad

En cuanto a las condiciones sanitarias de los animales, el ganado vacuno en pie del cual se obtiene la carne para exportación a China, debe: – Ser nacido, criado y faenado en zonas libres de Fiebre Aftosa en la Argentina reconocidas por la OIE y encontrarse debidamente identificado.

– Permanecer en la explotación o establecimiento agropecuario de origen, un mínimo de 90 días previos a la faena.

– No haber sido vacunado contra el Carbunco Bacteridiano utilizando una vacuna viva durante los 14 días previos a su remisión a la faena.

– Nunca haber sido alimentado con harinas de carne y hueso o con chicharrones derivados de rumiantes, de acuerdo con la normativa en vigencia.

Segregación

También dispone el Senasa que “durante el período de transporte al matadero y durante su permanencia en este, el ganado vacuno en pie destinado a faena para exportación a China, no podrá entrar en contacto con ganado vacuno en pie que no cumpla con las condiciones previstas en la presente resolución”.

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